Etiquetado de trazabilidad para el calzado

trazabilidad en calzado

Las etiquetas destinadas a la industrias del calzado deben informar al consumidor acerca de cuáles son los materiales que han sido utilizados en su fabricación, siendo las tres partes del calzado importantes para la descripción:

  • El empeine
  • El forro y la plantilla
  • La suela

Cada una de estas partes es importante para que se informe debidamente de los materiales que han sido utilizados en su fabricación. Para ello se usan pictogramas u otro mecanismo basado en indicaciones textuales. Las etiquetas deben indicar siempre el tipo de material representado, por lo menos, en un mínimo del 80% de la composición total que se obtiene de de la suma de las partes que tiene el calzado. Cuando se da la situación de que ningún tipo de material representa al menos ese 80% de composición total respecto a la suma de las distintas partes del calzado, se debería indicar en este caso los dos materiales que predominan sobre el resto de los que se han utilizado para la fabricación del calzado.

La etiqueta no sólo debe tener un tipo de información adecuada, sino que también es de vital importancia que el lugar donde se encuentre sea el adecuado para la visibilidad de la información que porta en forma de pictogramas (que sean comprensibles), y por supuesto, que la etiqueta esté de igual modo bien fijada para evitar futuros percances por desprendimiento de la misma. Las fijaciones pueden llevarse a cabo mediante la impresión, el pegado, el estampado o recurriendo al cosido o atado.

Estas etiquetas para calzado deben estar por lo menos presentes en uno de los zapatos de cada par. Además, comercialmente, las etiquetas siguen normalmente un formato:

  • En la suela se suele poner el nombre del país donde se ha producido la fabricación, la marca del fabricante, el símbolo de la piel y la talla.
  • En el interior del calzado, en torno al tacón, normalmente puede verse información correspondiente a los materiales de parte superior, suela e interior.

Las tallas no son iguales en todos los países ya que varía el sistema de medidas que también se ve afectado por el sexo y la edad.

Por otro lado, la legislación se actualiza para adaptarse a la actualidad y han surgido normas obligatorias a nivel internacional:

  • El etiquetado voluntario contempla que un calzado que haya sigo verificado en cuento su seguridad y certificación y que se ajuste a la normativa de verificación específica, puede incluir dentro del texto que aparezca en su etiqueta, envoltura o publicidad una frase que indique el cumplimiento de de lo mismo.
  • El etiquetado de trazabilidad de “tracking label” contempla los artículos que son para niños de no más de 12 años y cuyo envoltorio deberá proporcionar de forma fija el domicilio de la fabricación, la fecha de la misma y la identificación de la tirada de lotes de fabricación según el número o dato del mismo; todo esto como añadido al etiquetado comercial y las advertencias de daño si se dan el caso.