Etiquetado y Trazabilidad de los piensos

[vc_separator]

Desde 2002, Europa viene llevando a cabo una iniciativa parlamentaria para regular la información de los piensos de forma que se indique el porcentaje en peso de las materias primas que se han añadido.

Esta medida fue la consecuencia de la llamada crisis de la encefalopatía espongiforme bovina y las dioxinas. Esto hizo necesario que se reforzaran las medidas de seguridad del empaquetado de los piensos mediante un catálogo de materiales usados en la fabricación de todo pienso en la Unión Europea.

[vc_separator size=»huge»]

Los fabricantes deben utilizar nombres y expresiones detalladas antes de sacar el producto al mercado para que el etiquetado proporcione una información transparente y trazabilidad adecuada.

El catálogo ha pasado de tener en cuenta 17 a valorar ahora hasta 64 procedimientos; además de 600 tipos de materia prima a transformar.

De este modo, la cobertura en cuanto a materia prima para piensos y la información de sus propiedades se ha visto mejorada de cara a que la adquisición de estos productos sea más segura.

El catálogo fue actualizado por parte de una Comisión donde estaban implicadas empresas y asociaciones europeas que se reunieron de manera conjunta para llegar a un acuerdo que presentase una propuesta final. Una vez que aprobaron el documento, se hicieron algunas variaciones que fueron igualmente aprobadas por miembros expertos en el año 2010.

Así, esta legislación sobre trazabilidad en la industria de piensos se hizo vigente y entró en funcionamiento.

Aquí se detallan los requisitos generales que la ley dispone para el etiquetado obligatorio:

  • Tipo de pienso según su materia prima, si es pienso completo (denominado de lactancia si así procede) o complementario (denominado igualmente de lactancia, mineral…)
  • En los piensos dirigidos a animales de compañía, tales como perros o gatos, la denominación de pienso completo o complementario puede sustituirse por la etiqueta de “pienso compuesto”
  • Debe señalarse el nombre o razón social y dirección del explotador de la empresa de piensos que se responsabilizada del etiquetado de los mismos.
  • Número de autorización del establecimiento de la persona que se encarga de la trazabilidad del empaquetado de piensos si así corresponde.
  • Número de referencia del lote
  • Cantidad neta en unidad de masa/volumen según sea líquido o sólido.
  • Aditivos añadidos a los piensos
  • Cantidad de humedad
  • La especie o conjunto de categoría animal a la va destino el tipo de pienso en concreto según los aditivos autorizados que se hayan añadido para todas las especies o con límites máximos para algunas especies.
  • Instrucciones para un uso adecuado
  • Fecha de mínima durabilidad según los aditivos no tecnológicos que se hayan empleado.

En definitiva, esta normativa afianza la seguridad de la composición de los piensos según los aditivos y la composición (en cuanto a proporciones de materia prima) destinados a los animales de forma que se eviten enfermedades de los mismos. Consecuentemente, se puede evitar que puedan aparecer repercusiones de enfermedades que aparezcan en los seres humanos consumidores de productos animales afectados por estos piensos.